Por no reducir la velocidad al cruzar un puente, intersecciones o calles congestionadas se multará con S/. 284

junio 1, 2009

Desde el 21 de julio, serán sancionados con S/. 284 soles (8% UIT), los conductores que no reduzcan la velocidad al ingresar a un túnel, cruzar un puente, intersecciones, calles congestionadas, tomar una curva o cambiar de dirección, según lo establece el nuevo Código de Tránsito.

Asimismo, recibirán la misma sanción cuando no reduzcan la velocidad al circular por una vía estrecha, se encuentren con un vehículo que circula en sentido contrario, existan peligros especiales con respecto a los peatones u otros vehículos, por razones del clima o condiciones especiales en la vía.

En ese sentido, el artículo Nº 160 del nuevo Código de Tránsito señala que los conductores no deben manejar un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones de transitabilidad existentes en una vía, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y posibles.

En todo caso, indica la norma, los conductores deben manejar a una velocidad tal que le permita controlar el vehículo para evitar accidentes.

María Tejada, vendedora de golosinas, calificó de positiva la norma y espera que los conductores respeten las disposiciones para evitar accidentes de tránsito.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó que esta sanción esta catalogada como grave (G) según el nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito.

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