Gobierno lanza sistema de recompensas que ayudará a capturar a cabecillas terroristas
June 2, 2009
En adelante, el o los ciudadanos que proporcionen información veraz y oportuna que permita la captura de los mandos terroristas se les otorgará una recompensa.
Así lo señalada el Decreto Supremo N°033-2009-PCM, que establece un Sistema de Recompensas que permita la captura de los cabecillas terroristas, la misma que estará a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros a través de una Comisión Calificadora de Beneficio de Recompensas conformada por un representante de la PCM; que la presidirá, e integrada por un representante del Ministerio de Defensa; del Interior, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Dirección General de la Policía Nacional y otro de la Oficina de Asesoría Jurídica de la PCM; que actuará como Secretario.
La norma señala que la información que proporcionen el ciudadano deberá ser hecha por cualquier medio, al personal militar de las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional y deberá ser veraz y oportuna, y permitir la captura del terrorista.
El ministro de Defensa, Antero Flores-Araoz, destacó este sistema al señalar que el dinero que se destine para las recompensas resulta mucho más ahorrador que movilizar tropas para enfrentar a los remanentes terroristas y salva vidas.
De acuerdo a la norma, el informante podrá solicitar un seudónimo a la Comisión Calificadora, la cual, previa evaluación, le asignará un código secreto que permitirá su posterior identificación para otorgamiento de la recompensa.
En las zonas de emergencia, corresponderá a las autoridades militares o policiales recibir la información proporcionada por los ciudadanos, asignar el seudónimo y dejar constancia mediante el acta.
La PCM, teniendo en cuenta el riesgo a la seguridad e integridad de la persona, podrá solicitar al Ministerio del Interior la protección policial u otras medidas de seguridad para el beneficiado.
El ciudadano que haya proporcionado la información para la captura del terrorista podrá solicitar el beneficio dentro de los 90 días posteriores a la captura a través de la unidad militar o policial que levantó el acta correspondiente cuando se proporcionó la información.
De igual forma, la norma indica que el pago de la recompensa se realizará conforma a una escala en relación al rol que desempeñan los mandos terroristas dentro de su organización y a su participación en el planeamiento y ejecución de las acciones. Es así que si el terrorista tiene un mando político y militar, la recompensa máxima será de S/.500,000.00 y si tiene un mando logístico o de compañía terrorista la recompensa máxima será de S/:300,000.00.
Asimismo, excluye de esto beneficios al personal militar y policial en situación de actividad y de disponibilidad.
La Comisión Calificadora de Otorgamiento de Beneficio de Recompensas se encargará de evaluar y recomendar la procedencia o no de las solicitudes de otorgamiento del beneficio de recompensas que permita la captura de los mandos terroristas.
Finalmente, la norma señala que los ministerios de Defensa y del Interior efectuarán la difusión de los nombres y de los seudónimos de los mandos terroristas requisitoriados y las recompensas ofrecidas según lo acordado por la Comisión Calificadora


















