Multa de 1775 soles al empresario que no certifique la seguridad del transporte de su carga

junio 22, 2009

A partir del 1 de julio, cuando entre en vigencia el nuevo Reglamento Nacional de Tránsito (RENAT), se sancionará con S/.1775 soles de multa (50% UIT) al generador de la carga, es decir a los empresarios o dueños de la carga, que no verifiquen, adopten y/o vean que el transportista adopte las medidas necesarias para la correcta estiba de las mercancías, a fin de evitar que éstas se caigan del vehículo.

Transportistas de mercancías
En el caso de lo transportistas, el Renat sanciona con igual multa cuando se transporte mercancías sin estibarlas, atarlas o protegerlas con los elementos necesarios para evitar que se desplacen o caigan del vehículo durante el recorrido de la ruta.

Cabe señalar que el nuevo Reglamento Nacional de Tránsito (RENAT) tiene como propósito regular el servicio transporte terrestre de pasajeros y de mercancías, que al igual que el Código de Tránsito, buscan ordenar la circulación terrestre en las vías del país.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó que estas faltas son consideradas como Muy Graves según el nuevo Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

Comparte este artículo con tu comunidad:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Google Bookmarks
  • BlinkList
  • Furl
  • Live
  • Ma.gnolia
  • Reddit
  • Spurl
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • co.mments
  • YahooMyWeb

Comments

¿Tiene algo que opinar? Puede dejar sus comentarios en el siguiente espacio. Recuerde que su mensaje será revisado previamiente y no se publicarán opiniones agraviantes o que atenten contra la dignidad de las personas.





Bottom